
El fallo, que aún no es definitivo, fija una compensación de 64.000 euros para la víctima.
FERNANDO ÁLVAREZ
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La víctima de Rafa Mir. "Me costaba respirar, le dije que parara y me metió los dedos"
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha impuesto al futbolista Rafa Mir una pena de ocho años y medio de prisión por un delito de agresión sexual y otro de lesiones, según informó este lunes el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
Conforme a dichas fuentes, el tribunal también ha emitido una condena adicional contra otro acusado, el también futbolista Pablo Jara, a quien castiga con dos años y medio de cárcel y el abono de una multa por un delito de agresión sexual, otro contra la integridad moral y un delito leve de lesiones.
La decisión judicial, comunicada este lunes a las partes y susceptible de recurso, contempla asimismo una indemnización de 64.000 euros a favor de la víctima en el caso de Mir y de 6.280 euros para la denunciante en el procedimiento contra Jara.
El futbolista Rafa Mir, que hasta el 30 de junio pertenece a la disciplina del Elche, equipo en el que ha jugado esta temporada, ha reaccionado con un breve mensaje en sus redes sociales: "No estoy de acuerdo con la sentencia y recurriremos en los próximos días. Sigo confiando en la justicia".
"No estoy de acuerdo con la sentencia y recurriremos en los próximos días. Sigo confiando en la justicia Rafa Mir
"No estoy de acuerdo con la sentencia y recurriremos en los próximos días. Sigo confiando en la justicia
El fallo se produce tras el juicio celebrado el pasado 28 de mayo en la Audiencia Provincial de Valencia. En ese proceso, Mir —quien en la noche de los hechos (1 de septiembre de 2024) jugaba en el Valencia cedido por el Sevilla— fue enjuiciado por la agresión sexual y las lesiones causadas a una joven, hechos por los que la Fiscalía pedía inicialmente diez años y medio de prisión.
En última instancia, el tribunal ha establecido la condena en ocho años y medio, desglosada en siete años por el delito de agresión sexual y 18 meses por el delito de lesiones. Además, ordena el alejamiento de la víctima a un mínimo de 500 metros durante un período de diez años y una compensación asociada de 14.000 euros por las lesiones sufridas y de 50.000 euros por los daños morales ocasionados.
En el caso de Jara, la condena suma dos años de prisión por agresión sexual y seis meses adicionales por el delito contra la integridad moral, además de una multa, al considerar probados los hechos respecto a una segunda mujer.
Los sucesos que han motivado la condena se remontan a la madrugada del 1 de septiembre de 2024 en una vivienda del futbolista en una urbanización de lujo de la localidad valenciana de Bétera, muy próxima a la ciudad deportiva del Valencia.
Según la versión considerada acreditada por la Audiencia, ambas denunciantes habían conocido a los acusados horas antes en una discoteca de Valencia y se trasladaron posteriormente al domicilio junto a ellos. La principal víctima sostuvo durante la investigación y también en la vista oral que Rafa Mir cometió dos agresiones sexuales no consentidas, una en la zona de la piscina de la vivienda y otra en el interior de un baño.
Por su parte, la segunda denunciante afirmó que Pablo Jara le realizó tocamientos no consentidos y que, posteriormente, la agredió y la expulsó de la vivienda, semidesnuda, hechos que el tribunal ha considerado constitutivos de delitos de agresión sexual, contra la integridad moral y lesiones leves.
Versiones enfrentadas en el juicio
Durante la vista oral, Rafa Mir negó haber cometido ninguna agresión y defendió que las relaciones mantenidas fueron consentidas.
Sin embargo, la denunciante describió episodios de violencia y falta de consentimiento, asegurando que pidió que cesara la conducta y que sufrió miedo y ansiedad durante los hechos.
La Audiencia ha otorgado validez a la versión de las víctimas frente a la defensa de los acusados, lo que ha resultado en la condena ahora conocida.
Procedimiento abierto a recurso
La sentencia no es firme, por lo que puede ser apelada ante instancias superiores, tal como recoge el propio TSJCV.
Además de las penas de prisión, la resolución incluye medidas de responsabilidad civil mediante indemnizaciones económicas a las víctimas, conforme a los daños causados.
Con este fallo, el tribunal da por concluida en primera instancia una causa que se inició tras la detención de ambos futbolistas en septiembre de 2024 y que ha sido una de las más relevantes en el ámbito judicial y deportivo en la Comunitat Valenciana en los últimos años.
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