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El Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, en vigor desde el 24 de abril de 2026, incluye esta ayuda, que será gestionada por las comunidades autónomas
Àlex Roig Periodista - Barcelona
Periodista - Barcelona
El acceso a una vivienda se ha convertido en uno de los principales problemas en España. La subida de los alquileres, la falta de oferta y los salarios por lo general estancados desde hace años han provocado que muchas familias destinen una parte cada vez mayor de sus ingresos a mantener un techo.
Esta dificultad es todavía más grave para las mujeres que sufren violencia de género y necesitan abandonar el domicilio en el que viven con su agresor. En muchos casos no es posible contar con el dinero suficiente para pagar otro alquiler, lo que consecuentemente retrasa esa salida y aumenta una dependencia económica que complica la recuperación de las víctimas y de sus hijos.
Pues bien, para dar respuesta a estas situaciones, el Gobierno ha incluido en el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 , en vigor desde el 24 de abril de 2026, una ayuda que podrá cubrir hasta el 100% del alquiler durante un máximo de cinco años . La medida también podrá aplicarse a alojamientos temporales o habitaciones cuando no sea posible acceder de inmediato a una vivienda completa.
La cuantía podrá alcanzar los 1.000 euros mensuales para una vivienda y hasta 600 euros si se alquila una habitación . A esta cantidad se podrán sumar otros 300 euros al mes para pagar suministros básicos , como la comunidad, seguros, mantenimiento e internet, aunque nunca se abonará más de lo que cuesten realmente estos gastos.
Para solicitarla será necesario acreditar la condición de víctima , encontrarse en una situación de vulnerabilidad y no disponer de otra vivienda que pueda ocuparse de forma segura. Además, el alquiler no podrá superar las cuantías mencionadas anteriormente, salvo que la comunidad autónoma eleve esos límites.
Pero eso no es todo, pues también habrá que cumplir unos límites de ingresos . La suma anual de quienes formen la unidad de convivencia no podrá superar, como norma general, tres veces el IPREM. El tope será de cuatro veces para familias monoparentales, numerosas de categoría general o con discapacidad desde el 33%, y de cinco para familias numerosas especiales o con discapacidad desde el 65%.
A partir de ahí, los servicios sociales estudiarán cada caso y emitirán un informe sobre la situación familiar y económica. Después, cada comunidad autónoma abrirá sus convocatorias, decidirá el importe y podrá ingresar el dinero a la beneficiaria o directamente al propietario.
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